PROMONORTE IPS
Cuota moderadora y copagos 2024
La CUOTA MODERADORA es un aporte en dinero que debe ser pagado por todos los afiliados del Régimen Contributivo cuando asisten a una cita médica u odontológica, cuando reciben medicamentos o al tomarse exámenes de laboratorio o radiografías de tratamientos ambulatorios.
- Consulta externa por médico especialista.
- Fórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios.
- La cuota moderadora se cobrará por la consulta externa médica, odontológica, paramédica y de medicina alternativa aceptada.totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos.
- Exámenes de diagnóstico por laboratorio clínico ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos en ella.
- Exámenes de diagnóstico por imagenología ordenados en forma ambulatoria y que no requieran autorización adicional a la del médico tratante. La cuota moderadora se cobrará por la totalidad de la orden expedida en una misma consulta, independientemente del número de ítems incluidos en ella.
CUOTA MODERADORA
Apreciado Usuario del Régimen Contributivo:
Valores de la CUOTA MODERADORA que rigen a partir del 1° de enero de 2024, según el rango de sus ingresos:
Rango de ingresos en SMLMV | Valor |
---|---|
Menor a 2 SMLMV | $4.500 |
Entre 2 y 5 SMLMV | $18.200 |
Mayor a 5 SMLMV | $47.700 |
CUOTA MODERADORA
Apreciado Usuario del Régimen subsidiado:
En el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud no se cobran Cuotas Moderadoras.
El COPAGO es un pago porcentual que deben realizar los beneficiarios del cotizante al recibir cualquiera de los siguientes servicios: cirugía, hospitalización, apoyos terapéuticos y diagnósticos de nivel 2 y 3.
LOS COPAGOS DEBEN SER APLICADOS A TODOS LOS SERVICIOS CUBIERTOS POR EL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD FINANCIADO CON LOS RECURSOS DE LA UPC, CON EXCEPCIÓN DE:
- Servicios de promoción y prevención.
- Programas de control de atención materno infantil.
- Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles.
- A enfermedades catastróficas o de alto costo.
- Los servicios sujetos a la aplicación de cuotas moderadoras.
- La atención inicial de urgencias: comprende todas las acciones realizadas a una persona con patología de urgencia y que tiendan a estabilizarla en sus signos vitales, realizar un diagnóstico de impresión y definirle el destino inmediato, tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que realiza la atención inicial de urgencia, al tenor de los principios éticos y las normas que determinan las acciones y el comportamiento del personal de salud.
COPAGO
Apreciado Usuario del Régimen Contributivo:
Valores de la CUOTA MODERADORA que rigen a partir del 1° de enero de 2024, según el rango de sus ingresos:
Rango IBC en SMLMV | Valor máximo por evento | Valor máximo por año |
---|---|---|
Menor a 2 SMLMV | $337.999 | $677.175 |
Entre 2 y 5 SMLMV | $1.354.351 | $2.708.700 |
Mayor a 5 SMLMV | $ 2.708.700 | $ 5.417.400 |
COPAGO
Apreciado Usuario del Régimen Contributivo:
Valores de la CUOTA MODERADORA que rigen a partir del 1° de enero de 2024, según el rango de sus ingresos:
Topes | Copago en % del servicio* | Valor máximo copago 2023* |
---|---|---|
Valor máximo por evento | 10% | $588.847,85 |
Valor máximo por año | – – – – – – – | $1.177.695,69
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